21 Nov
21Nov

CONTRATO (LFT)

Contrato individual de trabajo es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra ,bajo su dirección y dependencia ,un servicio personal ,mediante una retribución convenida (articulo 20 LFT)

COMODIDADES DEL CONTRATO DEL TRABAJO 

son las diferentes formas que puede tomar e contrato para satisfacer necesidades especificas del empleador (articulo 35 consecutivos LFT)

I.- CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO 

dura hasta que el trabajador este en condiciones de gozar de la jubilación

II.- CONTRATO DE PLAZO FIJO

se fija la duracion y que tal tiempo debe ser determinado 

III.- CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL

ejerce bajo la dependencia de un empleador 

IV.- CONTRATO A TIEMPO PARCIAL 

se obliga a prestar servicios durante un tiempo determinado 

V.- CONTRATO DE TEMPORADA 

Actividades propias y se cumplen en determinadas épocas del año

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